El nuevo formulario 300 de IVA para el 2019 contiene renglones especiales para controlar el IVA generado en la venta de gaseosas y para restar los valores de los anticipos bimestrales realizados por los responsables del IVA contribuyentes del régimen simple.
En la casilla 24 (periodicidad de la declaración) se incluyó un espacio para indicar si la declaración que se presentará es de aquellas a las que les corresponde la periodicidad anual. Al respecto, es claro que dicha casilla solo será diligenciada por aquellos contribuyentes (personas naturales o jurídicas) que se acojan voluntariamente al nuevo régimen simple.
Si el formulario 300 se presenta con “saldo a pagar” (renglón 88), se deberá tener presente lo siguiente:
Los contribuyentes que no estén sujetos al régimen simple pagarán dicho saldo en el formulario 490 en los conceptos 05 (IVA bimestral) o 57 (IVA cuatrimestral).
Los contribuyentes que se acojan al régimen simple primero deberán tomar lo que figure en el renglón 88, posteriormente le restarán los valores que se informen en los renglones 94 a 99, y si dicha operación sigue arrojando un saldo a pagar, usarán un formulario 490 con el concepto 58 (IVA anual).
Hechos generadores y plazos para la presentación de la declaración (declaración y pago bimestral / declaración y pago cuatrimestral).
Cambios frente a los regímenes simplificado y común: requisitos para figurar como no responsable del IVA / comerciantes obligados a llevar contabilidad.
Actualización del RUT.
IVA plurifásico sobre cervezas y gaseosas.
Servicios que pasaron de gravados a excluidos.
Base gravable del IVA en la importación de productos terminados.
Retención a título del IVA: disminución de la tarifa de retención.
Tratamiento del IVS de activos fijos a partir de 2019: IVA en la compra de bienes de capital.
Novedades en el formulario 300.
Firma del contador público en la declaración del IVA y retención en la fuente: efectos de las declaraciones presentadas sin la firma del contador.
Compensación y devolución de saldos a favor en las declaraciones del IVA.
Término para solicitar y efectuar la devolución de saldos a favor.
Saldos a favor no sujetos a devolución.
Factura electrónica como soporte de pagos a no responsables del IVA.
—> El especial de impuestos IVA: cambios efectuados por la Ley de financiamiento 1943 de 2018, forma parte de todo el contenido exclusivo de Actualícese para sus suscriptores. Si aún no es suscriptor, puede adquirir una de las opciones en este enlace. Junto con este Especial podrás acceder a más de 100 especiales sobre temas contables, tributarios, comerciales, de estándares internacionales, entre otros
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