Los artículos 815 y 850 del ET indican las condiciones para que un saldo a favor sea compensable o solicitado en devolución.
Estas no incluyen la posibilidad de que los saldos generados en el exceso de IVA descontable sobre el generado, y que se causaron con la misma tarifa sean solicitados en devolución.
Uno de tres requisitos deben cumplir los contribuyentes para que un contador público firme las declaraciones de IVA. De igual forma aplica para las del impuesto nacional al consumo y retención en la fuente.
Los artículos 815 y 850 del ET indican las condiciones bajo las cuales un saldo a favor es compensable o puede ser solicitado en devolución, pero estos no incluyen la posibilidad de que los saldos generados en el exceso de IVA descontable sobre el generado, y que se causaron con la misma tarifa, sean solicitados en devolución.
Los contribuyentes obligados a llevar contabilidad y que no requieran nombrar revisor fiscal, pero que al cierre de 2018 cuenten con un patrimonio o ingresos brutos superiores a 100.000 UVT; deberán presentar sus declaraciones del IVA de 2019 con firma de contador.
Los artículos 815 y 850 del ET señalan las condiciones bajo las cuales un saldo a favor es compensable o puede ser solicitado en devolución. Sin embargo, estos no incluyen la posibilidad de que los saldos generados en el exceso de IVA descontable sobre el generado, y que se causaron con la misma tarifa, sean solicitados en devolución.
Los contribuyentes obligados a llevar contabilidad y que no requieran nombrar revisor fiscal, pero que al cierre de 2018 cuenten con un patrimonio o ingresos brutos superiores a 100.000 UVT; deberán presentar sus declaraciones del IVA de 2019 con firma de contador.
El nuevo formulario 300 de IVA para el 2019 contiene renglones especiales para controlar el IVA generado en la venta de gaseosas y para restar los valores de los anticipos bimestrales realizados por los responsables del IVA contribuyentes del régimen simple.
La Ley 1943 de diciembre 28 de 2018 modifica las normas relativas al IVA contenidas en el Estatuto Tributario, introduciendo cambios estructurales en materia de bienes y servicios excluidos, retención en la fuente de este impuesto, prestadores de servicios en el exterior, entre otros.
Con la aprobación de la Ley de financiamiento 1943 de 2018 se instauraron cambios en algunas de las normas del Estatuto Tributario relacionadas con el INC. Una de las modificaciones que cobra gran relevancia es precisamente la que concierne a los hechos generadores de dicho impuesto.