Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Legalidad en realización de segunda convocatoria cuando hay mayoría de votos


Legalidad en realización de segunda convocatoria cuando hay mayoría de votos

Respuesta del Dr. Alexander Coral, Líder de Investigación Legal de actualicese.co a la pregunta

Si hay mayoría de votos y quieren realizar segunda convocatoria pasados algunos minutos, ¿se puede aceptar o va en contra de la Ley 675? ¿Los deudores pueden votar y aprobar o sólo asistir para conformar el quórum y estar al tanto de lo que sucede en la copropiedad?

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