Recordemos que el subsidio de transporte es un pago que se le debe hacer a los trabajadores que perciben menos de 2 smmlv y necesitan de un algún tipo de transporte para llegar a su sitio de trabajo.
En estos casos no se paga es auxilio de transporte.
Tampoco, la finalidad del auxilio de transporte, es ayudar al trabajador en su desplazamiento al trabajo, pero si este traslado no le implica ningún costo ni mayor esfuerzo, pues no se paga, a dicho la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral en sentencia del 1° de julio de 1988.
NO, para el trabajador es igual ir a trabajar un día desde las 8 a 11 de la mañana (3 horas), que ir de 8 de la mañana hasta las 6 de la tarde, tanto en uno u otro ejemplo el trabajador debe tomar mínimo dos transportes, uno de ida y otro de regreso a su casa, por lo que en ambos ejemplos se debe pagar completo el Auxilio de Transporte.
Esto se puede leer también en el Concepto 104548 emitido por la Oficina Jurídica del Ministerio de Protección Social.
En los casos que el trabajador no labore un día, en ese caso se pagará proporcional a los días trabajados, mas no por la cantidad de horas laboradas al día. Igualmente tampoco se cancela el subsidio de transporte durante los días de vacaciones, suspensiones del contrato y licencias o incapacidades.