Algunas empresas utilizan indebidamente la intermediación como podría darse con una CTA o una Empresa de Servicios Temporales o incluso celebrar Contratos de Prestación de Servicios, para evadir una verdadera relación laboral. ¿Cómo, cuándo y que efectos tienen éstas irregularidades?
Si bien es viable el cambio de un contrato laboral de término fijo a indefinido o viceversa, dicha operación en algunos casos pueden ser usadas por el empleador no para generarle mayor estabilidad al trabajador, sino para despedir días después y pagar menores indemnizaciones.
Un trabajador podría en situaciones muy especiales, tener dos contratos simultáneos, uno laboral y otro comercial y con la misma empresa. Tener claro cuando es viable esta situación, evita que el contrato comercial sea confundido como una maniobra para ocultar pagos salariales.
Hay casos en los cuales un empleador tiene con un mismo trabajador varios contratos suscritos simultáneamente, algunas veces ambos de naturaleza laboral y en algunos casos uno laboral y otro de naturaleza civil como es el contrato de prestación de servicios. ¿Cuándo es válido y cuando ilegal?
Existen trabajadores que tienen estabilidad laboral reforzada (discapacidad, debilidad manifiesta, embarazo), su desvinculación debe ser autorizada por el Inspector de Trabajo. Omitir dicha autorización, no se suple con el sólo pago de indemnizaciones.
Cuando se usa correctamente el Contrato de Obra, éste tendrá un objeto muy claro, de tal manera que en caso de que el empleador necesite nuevamente al trabajador, tendrá que hacer un nuevo contrato y no una prórroga.