La obligación del empleador es afiliar y cotizar a seguridad social por cada uno de los trabajadores que tenga. Al igual que para el trabajador es un derecho exigirla. Mal haría un empleador no cotizar y pretender que el trabajador arriesgue su vida ejecutando labores sin la garantía a seguridad social, dándole derecho a renunciar con justa causa y otras sanciones mas.
¿Porqué mucho empleador termina y liquida a sus trabajadores en diciembre para volverlos a contratar en enero? Dicha práctica, que puede generar un pequeño ahorro al empleador, puede conllevar a demandas millonarias en contra de la empresa.
No pagar oportunamente la liquidación final o liquidarla mal y quedar debiendo una pequeña cantidad de dinero, no es impedimento para que el Juez Laboral imponga la sanción moratoria al empleador, la buena fe debe probarse, no se presume.
La continuidad de un vendedor o asesor comercial está supeditada a sus resultados de ventas, pero en caso de incumplimiento, es necesario adelantar trámite de Deficiente Rendimiento, so pena de ser un despido injusto y tener que pagar indemnización.
Cuando el empleador está frente a una causal para despedir al trabajador, debe tomarla inmediatamente, pues esperar un tiempo para luego despedirlo por dicha causa, perdería inmediatez que conllevaría a un despido sin justa causa.
Las empresas que quieran evadir la contratación directa de sus trabajadores o hacer remplazos temporales utilizando los servicios de una Cooperativa de Trabajo Asociado o Precooperativa, serán multadas hasta por 100 s.m.m.l.v.
Cuando una Cooperativa de Trabajo Asociado o Precooperativa, no cumple con su fin social, sino que sirven como simple medio de intermediación laboral, para ayudar a evadir la contratación directa, están en causal de pérdida de personería jurídica y su respectiva disolución.
Existen empresas familiares donde todos los dueños tienen alguna injerencia, bien porque tienen algún cargo directivo o simplemente por ser dueños van, opinan y deciden. En éste caso, ¿tienen poder subordinante sobre el trabajador?
Existen empleadores que pretenden notificar al trabajador desde el mismo día en que están firmando el contrato de trabajo, la comunicación de NO prórroga o preaviso o incluir en el contrato cláusulas sobre NO prórrogas automáticas del contrato, siendo todo lo anterior ineficaz.
Algunos empleadores siguen utilizando incorrectamente la alternativa excepcional que ofrecen las Empresas de Servicios Temporales –E.S.T.-, para tener personal bajo contratación temporal, sin conocer que puede existir solidaridad e imposición de multas.
Son muchos los empleadores y trabajadores que tienen confusión sobre el manejo de las prórrogas del contrato, sin tener certeza en qué momento la prórroga se convertirá en periodos de 1 año y sucesivamente. Aquí se explica brevemente.
El mundial de fútbol es época de alegría y compañerismo, pero algunos trabajadores descuidan su trabajo y cometen excesos que pueden conllevar al pérdida del trabajo, como es el caso de llegar embriagado o tomar licor en el sitio de trabajo. ¿Cuál es el proceso a seguir?
En un Edificio o Conjunto sometido al Régimen de Propiedad Horizontal existen unas personas que ayudan a su correcto funcionamiento. Dichos funcionarios podrían ser contratados laboralmente o por prestación de servicios según el caso.
Se ha generado polémica entre algunos empleadores y trabajadores por la instalación de cámaras de video en las zonas de trabajo como pasillos, talleres, bodegas, etc., por la presunta violación a la dignidad e intimidad del trabajador. Pero el uso de cámaras es legal, salvo excepción en algunos lugares de la empresa, incluso puede ser usado como medio de prueba para un despido.