Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

En las obligaciones bancarias (Pagares, Tarjetas de Credito) que se pagan por cuotas, ¿cómo se computa el 50% en las obligaciones? Ejemplo: Una persona solamente tiene una deuda a 60 meses por valor de $120.00.000, con cuotas de $2.000.000 mensuales. Ha dejado de pagar diez (10) cuotas es decir $20.000.000. ¿Se podría decir que las deudas con cesación de pagos excede el 50% del pasivo total? O solamente el 16.67%?


Responde:
Dr. Alexander Coral (Lider de Investigación Legal de actualicese.co)

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