Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 23351 de 11-08-2015


DIAN
Concepto 23351

11-08-2015

​Con relación a la retención en la fuente del 1% en la venta o enajenación de activos fijos, la DIAN indica que dado que el establecimiento de comercio corresponde a una especie de activo fijo no determinado expresamente por la norma, el uno por ciente debe cancelarse por la persona natural ante la DIAN, y la Cámara de Comercio deberá exigir previamente copia auténtica del correspondiente recibo de pago.

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