Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 022
Enero 12 de 2017
En caso de que sea necesario realizar un ajuste a los estados financieros por un error de periodos anteriores, la entidad debe corregirlo y aplicar los efectos de forma retroactiva de acuerdo con los nuevos marcos técnicos normativos; si el error es inmaterial, no se requiere la re-expresión de los estados financieros del ejercicio, por lo que el ajuste se podría realizar en el ejercicio contable en el que fue detectado.