Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 045
Enero 19 de 2017
Con respecto al tratamiento del impuesto diferido de los estados financieros en una moneda distinta al peso colombiano, no existe en el nuevo marco normativo del Grupo 2 una referencia explícita a este tipo de operación, razón por la cual se deberá aplicar la jerarquía de políticas contables contenidas en los numerales 10.2 a 10.6 del anexo 2 del Decreto 2420 de 2015 y sus modificatorios.