Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Embargo ordenado por juez del 50% del salario integral devengado


El embargo ordenado por el juez es del 50% del devengado, salario integral. ¿Sobre qué monto se hace el cálculo del 50%? ¿Qué pasa con la deuda del fondo de empleados?

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