Con la Ley 1988 de 2019, sancionada el pasado 2 de agosto, se pretende que los vendedores informales se capaciten en diversos oficios a través del Sena. Además, quienes devenguen menos de un salario mínimo podrán vincularse a los diferentes mecanismos de protección social para ellos disponibles.
El Gobierno nacional dejó en firme la Ley 1988 de 2019, cuyo objetivo es establecer los lineamientos generales para la formulación de la política pública de los vendedores informales, con el fin de garantizar los derechos a la dignidad humana, al mínimo vital, al trabajo y a la convivencia en el espacio público. En la norma en mención también se estipula que en un plazo de 12 meses los ministerios de trabajo y del interior se encargarán de elaborar, formular e implementar la mencionada política pública.
Será función del Departamento Administrativo de Planeación Nacional hacer el seguimiento a la elaboración y ejecución de dicha política.
Mediante sentencia, la Corte Constitucional recordó que las acciones de recuperación del espacio público no pueden convertirse en la generación de mayor empobrecimiento al que ya se encuentran sometidos los vendedores ambulantes, por lo que se deben contrarrestar los efectos negativos que implica la recuperación del espacio público para esta minoría afectada con la acción estatal. Reitera la Corte que, al momento de formular y ejecutar políticas públicas, programas o medidas, se deben estudiar todas las dimensiones de dicha realidad que podrían resultar afectadas por la política, programa o medida en cuestión, incluida la situación de las personas que verán sus derechos severamente limitados, a quienes se deberá ubicar, por consiguiente, en una posición tal que no queden obligados a soportar una carga pública desproporcionada; con mayor razón si quienes se encuentran afectados por las políticas, programas o medidas pertinentes están en situación de especial vulnerabilidad y debilidad por sus condiciones de pobreza o precariedad económica.