Es importante recordar en principio que el contrato de seguro es consensual, bilateral, oneroso, aleatorio y de ejecución sucesiva. Ahora bien, la Ley 389 de 1997 indica que el contrato de seguro puede ser probado tanto de manera escrita como por medio de la confesió
Definición
El contrato de seguro es un acuerdo entre dos partes, en el que una de las partes asume el riesgo, debidamente autorizada para ello con arreglo a las leyes y reglamentos, y es denominado asegurador, la otra parte es quien traslada el riesgo y la cual se compromete a pagar una prima al asegurador; esta […]