Los trabajadores del servicio doméstico deben afiliarse y cotizar al Sistema General de Seguridad Social –SGSS– como trabajadores independientes, y su aporte deberá efectuarse sobre una base no inferior a un salario mínimo legal mensual vigente (smmlv).
El régimen excepcional de Salud es aquel sistema de seguridad social que ofrece cobertura a regímenes exceptuados, aquellos sectores de población que siguen rigiéndose por las normas legales imperantes en sistemas de seguridad social concebidos con anterioridad a la entrada de la vigencia de la ley 100 de 1993, o los que se regulen en forma especial para los mismos.