Antes de contratar a una empresa de vigilancia, los condominios deben asegurarse de que aquella cuente con ciertas condiciones.
Se debe investigar si tiene autorización para funcionar; además de supervisar las licencias, pólizas, pago de parafiscales, y saber si tiene un músculo financiero estable.
Los servicios de vigilancia y seguridad privada tienen como finalidad prevenir perturbaciones a la seguridad y tranquilidad individual y colectiva, en lo que concierne a la vida y a los bienes propios o de terceros. Conozca a continuación aspectos referentes a su contratación en copropiedades.
La finalidad de contratar servicios de vigilancia dentro de una propiedad horizontal es procurar la protección y seguridad de la vida y los bienes de los copropietarios. Conozca aspectos sobre la contratación de dichos servicios y sobre quién recae la responsabilidad por hurtos u objetos perdidos.
La presente circular va dirigida a los grupos de interés y la comunidad en general, aclarándoles el alcance y las competencias para consultores, asesores e investigadores acreditados por la entidad.
Por otra parte, en la presente se indica que las empresas de vigilancia, las cooperativas de vigilancia y seguridad privada con servicio conexo de consultoría, asesoría e investigación; las empresas consultoras, asesoras investigadoras de seguridad privada, a través de los administradores, contadores, y/o revisor fiscal deberán reportar a la superintendencia, si lo advierten, que se están efectuando prácticas por fuera del entorno legal. Lo anterior, so pena de dar traslado a la Junta Central de Contadores y la jurisdicción penal, de acuerdo con su competencia