Los trabajadores de servicio doméstico tienen estabilidad laboral reforzada y derecho a recibir una indemnización por despido injustificado. Así lo indicó la Corte cuando ordenó a los herederos de un empleador asumir el pago de un salario mínimo por despedir a su trabajadora al enterarse que sufría de una enfermedad grave.
La plenaria del Senado de la República aprobó en último debate el proyecto de ley con el cual será obligatorio el pago de la prima de servicios a las empleadas de servicio doméstico, conductores de servicio familiar, trabajadores por días y trabajadores de fincas.
¿Una persona natural no obligada a llevar contabilidad puede deducir en su declaración de renta del año gravable 2015 los pagos efectuados al servicio doméstico?
La normatividad indica que en nuestro país la cotización a Seguridad Social por parte del servicio doméstico se puede hacer por períodos inferiores a un mes. A continuación, explicamos las condiciones que deben tener en cuenta los empleadores.
La vinculación de las empleadas del servicio doméstico a las familias colombianas históricamente ha funcionado en condiciones de absoluta informalidad. Sin embargo, recientemente la honorable Corte Constitucional, al resolver una sentencia de tutela, se ocupó del tema de la discriminación a la que por años han sido sometidas.
La iniciativa que busca reconocer el pago de prima de servicios para los trabajadores domésticos cuenta con ponencia positiva para tercer debate, el cual se llevará a cabo en la Comisión Séptima del Senado.
Corte Constitucional. La Corte Constitucional ordenó a una familia pagar un salario mínimo a su ex empleada doméstica, mientras que ella inicia un proceso laboral para obtener el pago de sus acreencias laborales por su despido.
Un trabajador del servicio doméstico puede ser vinculado mediante contrato de trabajo, bien sea escrito o verbal. Si es verbal será a término indefinido, mientras que si es escrito puede ser fijo o indefinido. El salario no puede ser inferior al salario mínimo legal mensual vigente, aunque el empleador puede cancelarlo una parte en dinero, y otra en especie.
¿Tiene trabajadores de servicio doméstico? Recuerde que estos tienen los mismos derechos laborales que cualquier trabajador; no obstante, existen ciertos aspectos diferentes, por ejemplo el pago de la prima, el término de duración del período de prueba y el pago de aportes parafiscales.
Guía básica de contratación del servicio doméstico, de acuerdo con los últimos lineamientos normativos.
117.000 trabajadores domésticos, correspondientes al 16.5%, cotizan a pensiones y 102.000 empleados domésticos, proporcional al 14.4%, se encuentran afiliados a riesgos laborales. En Colombia 709.978 personas se ocupan en el servicio doméstico, según la Gran Encuesta Integrada de Hogares del DANE del 2014.
Los trabajadores del servicio doméstico tienen derecho a: auxilio e intereses de cesantías, vacaciones, calzado y vestido de labor y afiliación a los Sistemas de Seguridad Social y Subsidio Familiar.