Los trabajadores del servicio doméstico deben afiliarse y cotizar al Sistema General de Seguridad Social –SGSS– como trabajadores independientes, y su aporte deberá efectuarse sobre una base no inferior a un salario mínimo legal mensual vigente (smmlv).
Los derechos de ingreso al Sistema General de Seguridad Social de los trabajadores domésticos no difieren de las condiciones de los trabajadores de una empresa, tanto para el monto de aportes como para la responsabilidad de empleador y trabajador frente a estos.
La idea es aclarar diversos conceptos alrededor del servicio doméstico como salarios, jornadas laborales, pagos dominicales, vacaciones y prestaciones sociales, entre otros.
Para liquidar el auxilio de cesantías es necesario determinar dos elementos:
a) El número de días trabajados.
b) El salario base de liquidación.
1. Para determinar el número de días laborados se debe aplicar la siguiente fórmula: El número de días trabajados es la resta entre la fecha de terminación de labores y la fecha de inicio, se […]
Para los empleadores que requieren de la contratación de empleados por períodos inferiores a 30 días, a continuación se presenta un modelo para ejecutar la liquidación de las prestaciones sociales.
Los descuentos a empleados del servicio doméstico se encuentran regulados por la legislación laboral colombiana, y aplican en la misma medida que para los empleados de los demás sectores.
A fin de garantizar la igualdad en los espacios laborales, los trabajadores domésticos ostentan los derechos reconocidos en la legislación colombiana para cualquier otro tipo de trabajadores, excluido el pago de la prima y los aportes parafiscales por la naturaleza de estos.
¿Sabía que el salario para un empleado del servicio doméstico no puede ser inferior al mínimo? De igual manera, el empleador no puede deducir, retener o compensar suma alguna del salario, sin orden suscrita por el trabajador. El auxilio de transporte se debe pagar al empleado doméstico externo, independientemente si labora o no la jornada completa. Varios puntos que deben tener en cuenta los empleadores.
La Sentencia T-782 del 2014 revive las condiciones de seguridad social de las empleadas del servicio doméstico, y cómo pese a los fallos y jurisprudencia en la materia, siguen siendo continuamente violados sus derechos mediante contrataciones informales.
Cámara de Representantes. Por medio del cual se garantiza el trabajo decente y en condiciones de igualdad para las personas que prestan servicios domésticos.
Cuando en la casa de familia se empiezan a producir bienes o servicios que se comercializan a terceros y el trabajador del servicio doméstico debe ayudar en dichas labores, deja de considerarse doméstico, para ser un trabajador con derecho a prima de servicios.
En el Código Sustantivo del Trabajo se observa que la prima de servicios es una prestación especial a la que tienen derecho los empleados, salvo algunas excepciones legalmente establecidas.