Con la Ley 2005 de 2019 se crean incentivos tributarios para pequeñas, medianas y grandes empresas de productos de consumo masivo que compren productos elaborados con panela, provenientes de trapiches de economía campesina. Dicho incentivo consiste en el descuento del 100 % del impuesto de renta asociado a la venta de dichos productos durante 7 años, con posibilidad de prórroga de 5 años.
Cabe resaltar que mediante la Ley 2010 de 2019, más conocida como Ley de crecimiento económico, se deroga tácitamente el artículo 5 de la presente ley, lo cual quiere decir que para la vigencia 2020 los contribuyentes no podrán acceder a dicho beneficio.
Mediante el Concepto 28625 de noviembre de 2019, la Dian interpreta lo estipulado en el artículo 579-2 concluyendo que, si por fallas en los Servicios informáticos electrónicos –SIE– el contribuyente queda impedido para presentar virtualmente su declaración, y adicionalmente tampoco se le permite ni siquiera la elaboración del formulario 490 para efectuar por lo menos el pago en forma oportuna, el contribuyente sí podrá quedar exonerado tanto de la sanción de extemporaneidad como de la liquidación de intereses de mora.
Finalmente, la contingencia en los servicios informáticos electrónicos no puede alterar la carga de los contribuyentes.