El sector turístico ha sido uno de los más afectados por la crisis sanitaria y económica generada por el COVID-19. Gobierno tomó medidas para reactivarlo.
Estarán excluidos del IVA establecimientos de comercio que lleven a cabo actividades de expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, cafeterías, autoservicios, heladerías, fruterías, entre otros.
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo estableció medidas para el sector turismo y modificaciones para los registros sanitarios para las micro y pequeñas empresas.
Según el ICTRC, el sector turismo representa el 2.84 % del producto interno bruto –PIB– del país y en promedio el sector turístico genera el 3.87 % del PIB en los departamentos de Colombia.
Los prestadores de servicios turísticos tienen plazo hasta el 31 de marzo de 2017 para implementar las normas técnicas sectoriales de turismo sostenible que les permitirán renovar el Registro Nacional de Turismo (RNT).
En su Sentencia C-678 de septiembre 25 de 2013 la Corte declaró inexequible el art. 16 de la Ley 1558 de julio de 2012, con el cual se había modificado el art. 3 de la Ley 1101 de 2006 aumentando el número de personas y entidades que empezaban a quedar obligadas a pagar la contribución parafiscal del sector turismo, establecida en los arts. 40 y 41 de la Ley 300 de 1996. Por lo tanto, a partir de sep. de 2013 los guías turísticos y empresas de tiempo compartido estarían entre los que no seguirían pagando esta contribución.