El Ministerio del Trabajo recientemente hizo una serie de precisiones frente a la responsabilidad que recae sobre los copropietarios en relación con las obligaciones laborales de la propiedad horizontal. Estableció que, aunque deben responder económicamente, no pueden ser demandados directamente.
El Ministerio del Trabajo hizo una serie de precisiones sobre la responsabilidad por obligaciones laborales que deben sufragar de manera solidaria los copropietarios de una propiedad horizontal con sus empleados, estableciendo que, aunque pueden responder económicamente, no pueden ser demandados.