Dian expide la Resolución 000116 de 2020, mediante la cual efectúa modificaciones al reporte fijado por la Resolución 000106 del mismo año correspondiente a la jornada del tercer día sin IVA, llevada a cabo el 21 de noviembre de 2020.
Dicha resolución modifica, principalmente, la información que deberá ser entregada por parte de los vendedores que se acogieron a tal jornada, señalando, además, la codificación para emplear en el reporte en cuestión.
Dian expide la Resolución 000106 de 2020, mediante la cual establece la obligación de informar las ventas exentas de IVA realizadas el 21 de noviembre de 2020 según los lineamientos del Decreto 1474 de 2020. Lo anterior, de acuerdo con los términos, alcance y reglas establecidos en el Decreto Legislativo 682 de 2020.
Así pues, la resolución en mención señala que la información deberá ser enviada a la Dian a más tardar el 1 de marzo de 2021, conforme a las indicaciones establecidas en el anexo técnico de la Resolución 000106 de 2020.
Quienes no cumplan con esta obligación se podrán ver expuestos a la sanción de clausura del establecimiento en los términos del artículo 657 del ET.