SIC advierte que establecimientos comerciales no pueden usar medios engañosos para recolectar datos personales.
Se debe informar a los consumidores para qué serán utilizados los datos recolectados.
Recolección, uso, circulación y tratamiento de datos sensibles deben realizarse con especial cuidado.
El registro nacional de bases de datos –RNBD– es un directorio público administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio, que puede ser consultado libremente por cualquier ciudadano. Su incumplimiento puede acarrear graves sanciones.
Con el Decreto 0090 del 18 de enero de 2018, el Gobierno modificó el ámbito de aplicación del registro nacional de bases de datos y creó nuevos plazos para quienes estén obligados a cumplir con este requerimiento.
A través del Decreto 0090 del 18 de enero de 2018, el Gobierno modificó el ámbito de aplicación del Registro nacional de bases de datos. Igualmente creó nuevos plazos para que quienes estén obligados realicen la correspondiente inscripción.
Mediante el Decreto 0090 de 2018 se redujo significativamente el universo de personas jurídicas obligadas a cumplir con el registro nacional de bases de datos-RNBD-, las cuales deben conocer cuáles son las especificaciones normativas y técnicas con relación a este requerimiento.
Desde el 30 de septiembre de 2018 iniciaron los vencimientos para el proceso de registro nacional de bases de datos, cuyo plazo se extenderá hasta el 31 de enero de 2019, dependiendo del tipo de entidad. Conozca si está obligado a cumplir este requerimiento.