El protesto en letra de cambio es un proceso en el que se acredita la negativa de la aceptación o del pago de una letra de cambio que solamente será necesario cuando el creador de este título valor, o algún tenedor, inserte la cláusula “con protesto”, en el anverso y con caracteres visibles.
El bono de prenda es un título valor que representa mercancías que se constituye en un escrito, el cual indica que existe un crédito prendario que recae sobre unas mercancías y se encuentra amparado en el bono deposito; este título confiere por sí mismo los derechos y privilegios de la prenda.
El artículo 729 del Código de Comercio anota que cuando dentro del plazo correspondiente el beneficiario de un cheque se acerca a la entidad bancaria para cobrarlo y esta no lo paga, debe hacer una anotación conocida como “protesto” para que no se produzca la caducidad de la acción cambiaria.
El protesto es el procedimiento mediante el cual el portador del título reclama a la entidad financiera las razones por las cuales no le fue pagado el valor contenido en el mismo.