A través del principio de favorabilidad de la Ley de crecimiento económico, contribuyentes pueden ahorrar intereses, acceder a plazos y reducir sanciones.
Al acogerse a la terminación por mutuo acuerdo o conciliación se obtiene una disminución de sanciones e intereses entre el 50 % y el 80 %.
Por medio del artículo 102 de la Ley 1943 de 2018 se establece que el principio de favorabilidad en etapa de cobro está dirigido al contribuyente responsable, declarante, agente retenedor, deudor solidario, deudor subsidiario o garante en los términos señalados por el artículo en mención.