El Ministerio del Trabajo reitera que la trabajadora que da a luz tiene derecho a 2 descansos durante la jornada de trabajo, de 30 minutos cada uno, para amamantar a su hijo recién nacido durante sus seis (6) primeros meses de vida.
Con la ampliación de la licencia de maternidad en la Ley 1822 del 4 de enero de 2017, llegó la Ley 1823 de 2017, mediante la cual se adoptó la estrategia salas amigas de la familia lactante, la cual recibió la respectiva reglamentación con la Resolución 0002423 de 2018.
El periodo de lactancia, según el derecho laboral, es un tiempo o periodo posterior al parto donde la trabajadora goza de especial protección, gracias a la cual no podrá ser despedida.