La realidad indica que son muy pocas las entidades, aparte de las del sector financiero, que tienen una reglamentación específica, que hacen el cálculo del riesgo de crédito a ciencia cierta. Las otras todo lo reducen a una cifra de deterioro en los estados financieros que no refleja la realidad.
Empresas deben ajustar enfoques para pronosticar y determinar cuándo se deben reconocer las pérdidas esperadas durante el tiempo de vida de un instrumento financiero.
Pedro Preciado, de KPMG, indica que las entidades no deben continuar aplicando su modelo actual de pérdida de créditos existentes.
Las entidades del grupo 1 deben aplicar la NIIF 9 – “Instrumentos financieros”, que exige reconocer el posible deterioro de un activo financiero como pérdida crediticia esperada.
El IASB publicó una guía en la que explica cómo proceder con esta norma ante la incertidumbre generada por el coronavirus.