La Decisión 486 del 2000 define un signo distintivo notoriamente como aquel que es reconocido en todos los países miembros de la Comunidad Andina −CAN−, sin importar cómo logró dicho reconocimiento.
El signo distintivo se usa para identificar servicios y productos en el mercado, de otros de la misma especie; permite al titular valorizar su empresa, evitar la confusión en el mercado con sus competidores y darse a conocer a los consumidores; los signos distintivos pueden ser marcas, lemas, nombres, enseñas comerciales e indicaciones de procedencia.