La declaración y pago bimestral del impuesto sobre las ventas será responsabilidad de grandes contribuyentes y de personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del período gravable 2018 sean iguales o superiores a 92.000 UVT ($ 3.050.352.000).
Las personas naturales no residentes, nacionales o extranjeras, que no se encuentran dentro del supuesto estipulado por el artículo 592 del ET, estarán obligadas a presentar la declaración de renta mediante el sistema ordinario, debiendo calcular la renta presuntiva dentro del formulario 110.