Todas las personas naturales colombianas o extranjeras, con o sin residencia fiscal, y las personas jurídicas nacionales o extranjeras son consideradas contribuyentes del impuesto de renta y complementario, a excepción de aquellas que la norma ha dispuesto como no contribuyentes de este impuesto.
A través de la Ley 1739 del 2014, el Gobierno Nacional creó el impuesto a la riqueza que estará vigente para las personas jurídicas durante los años 2015, 2016 y 2017, y para las personas naturales durante los años 2015 a 2018. Dentro de los aspectos señalados por la citada ley en relación con el impuesto a la riqueza, mencionó las personas naturales y jurídicas que no estarán obligadas.
Son contribuyentes del Impuesto de Renta y Complementarios, todas las personas jurídicas, sean éstas nacionales o extranjeras y la totalidad de las personas naturales bien sean residentes o no residentes, colombianos o extranjeros; se exceptúan algunas entidades previamente establecidas por la ley que serán detalladas más adelante.