Por regla general, la NIC 11 se aplica de forma individualizada a cada uno de los contratos de construcción que ejecute la entidad, pero hay otros casos en los que aun cuando existe un solo contrato, el estándar debe aplicarse de forma separada a todos los elementos identificables del mismo.
La NIC 11 de contratos de construcción, que puede ser consultada en el Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 del 2015 –modificado por el Decreto 2496 del 2015–, pretende indicar el tratamiento contable que debe hacerse tanto a los ingresos de actividades ordinarias como a los costos relacionados con los contratos de construcción.
Algunas empresas que fabrican y venden productos, sobre todo de tipo industrial, ofrecen también un servicio de instalación dadas las particularidades del producto; ¿podrían dichas instalaciones manejarse de acuerdo con el estándar de contratos de construcción? Pues bien, en primer lugar hay que recordar que los contratos de construcción están definidos en la NIC 11 de las NIIF plenas y en la sección 23 de la NIIF para pymes.