Aún existen dudas acerca de la contabilización de los días cuando el mes se encuentra comprendido por una totalidad de estos superior a 30; es decir 28, 29 o 31. Por ejemplo, ¿qué sucede en el mes de febrero?, ¿se deben pagar salarios y aportes solo por 28 o 29 días? O al contrario, cuando el mes tiene 31 días, ¿se debe pagar un día de más?.