El Estatuto Tributario señala las actividades que puede adelantar la Dian para garantizar que los contribuyentes cumplan las normas sustanciales. No obstante, deja en claro que dicha entidad puede llevar a cabo todos los trámites necesarios para determinar de manera correcta los impuestos.
Las confesiones son una manifestación que se realiza mediante escrito y están entre los medios de prueba señalados en el Estatuto Tributario. Al respecto, en el mismo estatuto (artículo749) se contempla la existencia de la confesión ficta o presunta y se establecen los casos en que una confesión es indivisible.