El anteproyecto de ley de convergencia contable II, de la JCC, exige tres años de experiencia para la inscripción como contador público, la renovación de la tarjeta profesional, entre otros requisitos, los cuales están direccionados al recaudo exagerado de recursos a costa de los contadores públicos.
La no actualización anual de los datos personales por parte de los contadores públicos no puede tratarse por la JCC como una sanción disciplinaria que deba aparecer registrada en el certificado de antecedentes disciplinarios.
En esta opinión se exponen otros aspectos importantes a considerar.
Tan grave e inconstitucional es la reforma que plantea en su proyecto de decreto el director de la Unidad Administrativa, que el funcionario de turno que asuma la dirección administrativa de la entidad estaría habilitado para decidir bajo sus procedimientos el futuro de los contadores públicos.