La Dian, a través de la Resolución 000114 del 21 de diciembre de 2020, derogó la anterior Resolución 000139 de noviembre de 2012 y expidió un nuevo listado de códigos de actividades económicas que los declarantes de impuestos nacionales deben reportar en las casillas 46 a 50 de la primera página de su RUT.
El Código de Ética del IESBA ha sido revisado y reestructurado en el año 2018, y se encuentra en discusión para ser incorporado en el anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 y sus demás decretos que lo modifican.
Para que la presentación de algunas certificaciones y declaraciones tributarias tenga validez, la ley exige como requisito la firma del contador y en algunos casos la del revisor fiscal, si se da lugar a su participación. Por ello es importante conocer los efectos de esta firma.
Según la NIA 315, las aseveraciones “son manifestaciones de la dirección, explícitas o no, incluidas en los estados financieros y tenidas en cuenta por el auditor al considerar los distintos tipos de incorrecciones que pueden existir.”
Para el año 2018, las sociedades que tengan activos brutos al 31 de diciembre de 2017 iguales o superiores a $3.688.585.000 (5.000 smmlv) y/o tenga ingresos brutos al 31 de diciembre de 2017 iguales o superiores a $2.213.151.000 (3.000 smmlv), deberán tener revisor fiscal.