El Código Sustantivo del Trabajo señala que la jornada de trabajo es el tiempo destinado para que el empleado lleve a cabo las funciones inherentes a su cargo. Sin embargo, el empleador puede acordar con su trabajador laborar horas extras, siempre que estas no excedan el máximo permitido.
La jornada de trabajo se refiere al número de horas diarias en que el trabajador debe prestar el servicio contratado a favor del empleador. Esta puede ser acordada entre las partes, y en caso tal de que no se pronuncien al respecto, se entenderá como la máxima establecida en la ley.