La Dian concluye que, se requerirá que una Ley o un Decreto Reglamentario, consagre que la inversión que aluden los artículos 158-1 y 256 del Estatuto Tributario puede efectuarse mediante Leasing Financiero, así como los requisitos para el mismo.
La Dian precisa que tal como lo expone el citado artículo 158-1, la aplicación de la deducción no excluye la aplicación del descuento de que trata el artículo 256, siempre y cuando se cumplan las condiciones y requisitos allí previstos.