La DIAN señala que si la sanción impuesta por la Junta Central de Contadores –JCC– suspende la inscripción profesional, el contador público no cuenta con la facultad de firmar declaraciones tributarias y certificar pruebas con destino a la DIAN, por el tiempo que dure dicha suspensión.
La Superintendencia de Sociedades mediante Oficio 220-053514/2015 de 20 de abril señaló que existe inhabilidad para aquel contador que ejerció como revisor fiscal de una empresa, y luego se presenta como proponente para ser auditor externo en la misma compañía por contrariar la Ley 43/1990.