En esta conferencia se indica paso a paso cómo hacer la liquidación de los aspectos más importantes de la nómina. Adicionalmente, se adjunta una herramienta práctica en Excel que contiene todas las fórmulas para dinamizar estos cálculos y facilitar la labor de los preparadores de la información.
El Código Civil colombiano establece una definición para lucro cesante y para daño emergente; al respecto el artículo 1614 del código citado señala:
El artículo 401-3 del ET, señala que “las indemnizaciones derivadas de una relación laboral o legal y reglamentaria, estarán sometidas a retención por concepto de impuesto sobre la renta, a una tarifa del veinte por ciento (20%) para trabajadores que devenguen ingresos superiores al equivalente de doscientas cuatro (204) unidades de valor tributario (UVT)…”.