Recaudo de este impuesto es ínfimo frente a recursos que se requieren para afrontar el COVID-19.
Impuestos contemplados en el proyecto recaerían solo sobre personas y empresas de más altos ingresos del país.
Con cambios planteados se espera recaudar entre 13 y 20 billones de pesos adicionales en 2021.
Decreto que se creó por el COVID-19 se extendería también a los honorarios que reciben miembros de juntas directivas de entidades públicas.
Recaudo de este impuesto será a través del mecanismo de retención en la fuente, con la Dian como entidad recaudadora, y será trasladado al Fome.
Pensionados con mesadas de 10 millones de pesos o más es uno de los grupos que componen los sujetos pasivos del impuesto.
Decisión del Gobierno para conseguir recursos que permitan ayudar a los colombianos afectados por el COVID-19 y de menores ingresos afectará a por lo menos 21.000 servidores del sector público.
A través del Concepto 469 de abril 22 de 2020, la Dian se pronunció con respecto a la aplicación del impuesto solidario por el COVID-19, creado mediante el Decreto Legislativo 568 de 2020.
Así pues, la Dian señala que el hecho generador del impuesto solidario lo constituye el pago de salarios, honorarios y pensiones mensuales periódicos de 10 millones de pesos o más, para lo cual debe considerarse que dentro del concepto de salario están comprendidos la asignación básica, gastos de representación, primas o bonificaciones o cualquier otro beneficio que reciben los servidores públicos como contribución directa por el servicio prestado. Sin embargo, no están comprendidos dentro del concepto de salario las prestaciones sociales ni los beneficios salariales que se perciben semestral o anualmente.