Se constituye una sociedad para evitar carga laboral y prestacional, de tal manera que se plantea, en vez de pagar horas extras, dar descansos compensatorios, ¿es legal, como se plasmaría en un documento?
Aunque parezca inaudito, hay empresas en las que exigen a los trabajadores que repongan el tiempo del día festivo o en su lugar, descuentan del salario dichos días. Veamos por qué ello es absolutamente ilegal.
Sobre la prohibición de hacer préstamos a los empleados que devenguen un s.m.m.l.v., en la empresa tenemos convenio de libranzas con un banco, un trabajador gana un s.m.m.l.v., pero el jefe de recursos humanos lo ha autorizado debido a que tienen horas extras ¿Es correcto?
¿Existe diferencia entre hora extra ordinaria y hora extra dominical? Lo pregunto porque el administrador de una ESAL, que es empleado de manejo y confianza, está cobrando unas horas extras, diciendo que sí tiene derecho a dominicales pero no a extras
Existe una posibilidad para que el trabajador labore una jornada máxima de diez (10) horas y no de ocho (8), sin que esas dos (2) horas signifiquen el pago de recargos por horas extras. La respuesta está en la Ley 789 de 2002.
En todo contrato de trabajo se debe pactar un salario fijo y una jornada, pero si al trabajador se le pide que haga unas horas extras, su salario aumentará. Lo anterior no significa que el contrato salarial tendrá alguna modificación.
En el contrato de trabajo se pacta un salario fijo y una jornada. Pero si al trabajador se le pide que haga unas horas extras, su salario aumentará, pero eso no significa modificación contractual del salario, ni la obligación a que siempre se le debe pedir que haga trabajo extra.
Se contrata un empleado de manera verbal, no se afilia a seguridad social, sólo se le paga 1 s.m.m.l.v., tampoco auxilio de transporte, labora horas extras y dominicales. ¿A qué se ve expuesto el empleador?
Una empresa capacita a sus trabajadores en horas laborales, ¿cómo se les cancela esas horas si la persona labora 12 horas diarias y la capacitación fue dentro de horas extras?
En el 2010, varios de nuestros editoriales trataron temas importantes que deben tener en cuenta empleadores y los encargados de nómina en las empresas.
Tenemos contratados 2 porteros que laboran en dos turnos. Uno de 6 am a 2 pm y otro de 2 pm a 10 pm de lunes a sábado. Descansan un domingo cada 15 días y se les paga como horas extras. ¿Esto es correcto o estamos cometiendo algún error con respecto al día de descanso?
Un trabajador viene laborando en forma continua horas extras y su contrato es a término indefinido. Si no vuelve a trabajar horas extras, ¿se considera disminución de salario?