El nuevo artículo 1.6.1.13.2.37 del DUT 1625 de 2016, modificado por el artículo 2 del Decreto de calendario tributario 2345 de 2019, indicó las fechas para la declaración y pago mensual del impuesto a la gasolina y el ACPM.
Tenga en cuenta que el 21 de enero de 2020, el Ministerio de Hacienda publicó un proyecto de […]
Tras la emergencia sanitaria por causa de la propagación del COVID-19 en todo el territorio nacional, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 0438 de 2020, en el que fija el nuevo plazo para que las entidades del régimen tributario especial lleven a cabo el proceso de actualización del registro web y el reporte de […]
Los plazos para la presentación de las respectivas declaraciones de retenciones en la fuente se indicaron en el artículo 1.6.1.13.2.33 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 2 del Decreto 2345 de 2019.
Los plazos para la presentación y el pago de la declaración anual consolidada del SIMPLE se encuentran en el artículo 1.6.1.13.2.50 del Decreto 1625 de 2016.
Además, estos contribuyentes deben presentar y pagar durante el 2020 el anticipo correspondiente al último bimestre de 2019.
La autorretención especial a título de renta fue introducida por la Ley 1819 de 2016, a modo de reemplazo de la autorretención del CREE.
Los plazos para declararla en 2020 se encuentran en el artículo 1.6.1.13.2.33 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 2 del Decreto 2345 de 2019.
En este editorial recordamos las fechas para la declaración y pago del impuesto al consumo durante el 2020.
El artículo 1.6.1.13.2.32 del Decreto 1625 de 2016 (modificado por el artículo 2 del Decreto 2345 de 2019) contiene la normatividad al respecto.
De acuerdo con la Resolución 000064 de octubre 1 de 2019, se ampliaron los plazos para la implementación de la factura electrónica para sujetos obligados.
Los plazos para la presentación de la declaración informativa de precios de transferencia vencen en julio de 2020.
Las disposiciones normativas al respecto pueden consultarse en los artículos 1.6.1.13.2.28 y 1.6.1.13.2.29, DUT 1625 de 2016 (modificados por el artículo 2 del Decreto 2345 de 2019).
A través de la Circular 201-000008 de 2019, la Supersociedades fijó los plazos y condiciones para que las sociedades de los grupos 1, 2 y 3 reporten sus estados financieros de 2019.
En esta ocasión, las sociedades que pertenezcan al grupo 3 reportarán virtualmente.
Mediante el Decreto 2345 de 2019, el Ministerio de Hacienda estableció el calendario tributario para 2020. La nueva versión del artículo 1.6.1.13.2.15 que este decreto introduce en el DUT 1625 de 2016 contiene los plazos para presentar la declaración de renta de las personas naturales.
Los vencimientos para el pago del impuesto de renta y complementario y el respectivo anticipo, fueron incluidos en los artículos 1.6.1.13.2.11 y 1.6.1.13.2.12 del Decreto 1625 de 2016, modificados por el artículo 2 del Decreto de calendario tributario 2345 de 2019.
De acuerdo con el artículo 1.6.1.13.2.17 del Decreto 1625 de 2016, los plazos y condiciones para la presentación de la declaración de ingresos y patrimonio correspondiente al período gravable 2019, son las mismas que se estipularon para la declaración de renta de los grandes contribuyentes y de las personas jurídicas.