Toda actuación que vaya en contra de las funciones establecidas para el revisor fiscal en el Código de Comercio y en los estatutos de la copropiedad en cuanto a la toma de decisiones y/o uso de recursos económicos de la copropiedad, materializa una coadministración, caso en el cual, se deberán adelantar las gestiones en materia disciplinaria en contra de este profesional.