¿Qué debe hacer una propiedad horizontal cuando su administrador comete un error y llega una demanda? Quién la cancela, ¿el administrador o los copropietarios?
Mediante la presente doctrina, el CTCP concluye que es una irregularidad asignar las funciones del revisor fiscal al administrador de una copropiedad, el cual es nombrado por la asamblea, a menos de que exista consejo de administración y sea elegido por dicho órgano.
Las bases de elaboración del presupuesto de la copropiedad difieren de las utilidades para la preparación de los estados financieros de períodos intermedios o de fin de ejercicio. Asimismo, le corresponde a la asamblea de copropietarios aprobar o improbar los estados financieros de fin de ejercicio y el presupuesto anual de ingresos y gastos de la copropiedad. Cabe señalar que los estados financieros se elaboran aplicando el principio de causación o devengo, mientras que el presupuesto es un resumen de los recaudos y desembolsos en los que incurrirá la copropiedad durante el período. La ejecución presupuestal es un resumen que presenta las diferencias entre el presupuesto proyectado y la ejecución presupuestal. Al final de cada ejercicio el administrador de la copropiedad debe preparar y someter a consideración del Consejo de Administración el informe de ejecución presupuestal, que generalmente presenta las diferencias con el presupuesto aprobado, junto con las respectivas explicaciones de las variaciones más importantes producto de situaciones imprevistas que hayan incidido en forma negativa o positiva en su ejecución.