Estas son las recomendaciones que entregó el Consejo Privado de Competitividad –CPC– para que la administración tributaria cumpla con sus expectativas de recaudo y combata la evasión y elusión tributaria:
Con el plan de modernización de la Dian, los ingresos tributarios podrían incrementarse en un 14,2 % en el primer año y en un 14,7 % en el quinto.
La Dian debe posicionar la factura electrónica con campañas de capacitación y difusión de información a través de canales virtuales y redes sociales.
Trabajadores asalariados, quienes pagan impuestos vía retención en la fuente, no evaden o evaden muy poco.
Tampoco tienen mucho espacio para hacerlo quienes trabajan como contratistas.
Dian necesita de más recursos para su transformación y más “dientes” para luchar contra la evasión y el contrabando.
Edel Sánchez afirma que el impuesto de renta a personas naturales ha venido fortaleciéndose en Colombia como fuente de recaudo que va en aumento
Sobre el Fondo Dian para Colombia, asegura que transformar la entidad y traerla al siglo XXI es una tarea aplazada y absolutamente necesaria.
Gustavo Cote afirma que el recaudo no puede enfocarse en los asalariados ni en los trabajadores independientes, ya que no tienen capacidad económica para aportar más.
Muchas normas del Estatuto Tributario pecan por su confusa redacción y reflejan la gran complejidad del sistema impositivo colombiano.
Con inversión en tecnología y proceso de reestructuración, en dos o tres años el recaudo superaría los $30.000.000.
Se adelantarán proyectos de transformación del talento humano, cumplimiento tributario y aduanero.
El Fondo Dian para Colombia es financiado con el crédito del BID por USD 250.000.000.
Con inversión en tecnología y proceso de reestructuración, en dos o tres años el recaudo superaría los $30.000.000.
Se adelantarán proyectos de transformación del talento humano, cumplimiento tributario y aduanero.
A través de la presente norma el Ministerio de Hacienda reguló los aspectos relacionados con el Fondo Dian para Colombia, y a su vez los lineamientos para su implementación.
Cabe resaltar que en la norma se define dicho fondo como un patrimonio autónomo administrado por el Ministerio de Hacienda o por la entidad (o entidades) que este decida y, tendrá por objeto la financiación y/o la inversión del programa de modernización de la Dian, en proyectos relacionados con la gobernanza institucional y transformación del talento humano; control y cumplimiento tributario y aduanero; plataforma tecnológica, sistemas y tecnología, entre otros.