Este es un tipo de negocio en el cual el fideicomitente le entrega bienes a una sociedad fiduciaria, para que esta adelante todas las gestiones a las que haya lugar por encomienda del dueño de los recursos, a fin de cumplir con una finalidad previamente pactada.
Aunque el Estándar Internacional de Información Financiera para Pymes no se refiere tácitamente al reconocimiento, medición, presentación y revelaciones de los acuerdos de fiducia, dicho tratamiento puede determinarse a partir de los elementos presentados en el marco conceptual del estándar y evaluando las condiciones específicas del contrato en particular.
Los acuerdos de fiducia pueden o no […]
La fiducia de inversión es aquel acuerdo en que el fiduciante le entrega a la fiduciaria unos recursos, que generalmente son efectivo o equivalentes al efectivo, con el fin de que sean invertidos en diversos portafolios para obtener una rentabilidad proyectada.
La fiducia mercantil debe entenderse como aquel negocio jurídico en el cual se transfieren uno o más bienes para cumplir una finalidad determinada por el constituyente. Para esto, quien recibe –es decir el fiduciario– se obliga a administrar o enajenar los bienes.
El encargo fiduciario no se encuentra definido en una norma; sin embargo, es la doctrina que se ha encargado de establecer las diferencias entre el concepto de encargo fiduciario y el contrato de fiducia mercantil, señalando la única diferencia que hay: