Considerando que el parágrafo 3 del artículo 631 del ET dispone que el contenido y las características técnicas de la información a que se refiere el mismo artículo, así como la establecida en los artículos 624, 625, 628 y 629 del ET, deben ser definidas por la Dian con dos meses de anterioridad al último día del año gravable anterior al cual se solicita la información; esta entidad publicó la Resolución 000060 del 30 de octubre de 2017, a través de la cual establece el grupo de obligados que le deben suministrar información tributaria por el año gravable 2018, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega. Junto con esta resolución se publicaron 14 anexos.
El proyecto fue publicado sin tener en cuenta varios de los cambios incluidos por la Ley 1819 de 2016. Habría novedades en el reporte socios (formato 1010) y en el de ingresos propios (formato 1007). Las novedades que se introducirían alcanzarían a efectuarse para los reportes del año gravable 2017.
Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Dian, por el año gravable 2018, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.