Al momento de subir el reporte de información exógena correspondiente al año gravable 2018 se deberá tener cuidado en qué forma se inicia sesión en el portal de la Dian, dado que esto determinará a nombre de quién se está realizando el reporte de tal información.
Respecto a la presentación de información exógena, ¿qué efectos fiscales genera para un contribuyente haberse liquidado en octubre de 2018?
Los contribuyentes obligados a presentar información exógena por el año gravable 2018 deben estudiar la Resolución 000060 de 2017 con sus respectivos ajustes. A continuación, presentamos 10 respuestas clave a preguntas sobre el tema.
Deberán presentar el reporte de información exógena por el año gravable 2018 las personas naturales y jurídicas mencionadas en el artículo 1 de la Resolución 000060 de octubre 30 de 2017. Tendrán plazo para realizar dicho reporte hasta el 5 de junio, de acuerdo con los últimos dígitos del NIT.
¿Qué tipo de información exógena reportan las cámaras de comercio?
¿Sabe usted si está en la obligación de presentar este año información exógena y cuándo se vence el plazo? A continuación, explicamos los puntos que se deben cumplir para estar atentos a esta obligación tributaria.
Desde el 8 de mayo de 2019, tanto personas jurídicas como naturales empezaron a presentar el reporte de información exógena correspondiente al año gravable 2018. Con relación a ello, deben atender las más recientes disposiciones dadas con la Resolución 000024 de abril 9 del año en curso.
¿Se deben reportar los dígitos de verificación en los formatos de reporte de información exógena?
Respecto al asumir el reporte de información exógena como una obligación tributaria formal, la Dian tiene la facultad de imponer sanciones por el no envío del mismo hasta tres años después del vencimiento del plazo para su presentación, de conformidad con las disposiciones del artículo 638 del ET.
Por medio de la Resolución 000024 de abril 9 de 2019 se introdujeron ajustes a la información exógena del año gravable 2018. Dicha resolución fue incluida en el Diario oficial de abril 16 de 2019, pero solo circuló en internet el 23 de abril del mismo año.
¿Sabe usted si está en la obligación de presentar este año información exógena y cuándo se vence el plazo? A continuación, explicamos los puntos que se deben cumplir para estar atentos a esta obligación tributaria.
Sin importar el número de formatos que deban ser entregados por cada reportante de información exógena para cumplir las exigencias de la Resolución 000060 de 2017, a continuación presentamos los puntos clave por tener en cuenta en la elaboración de cualquiera de los formatos a presentar.