Para el cambio de la periodicidad en la declaración del IVA, el responsable deberá señalar en la casilla 24 de la primera declaración del IVA del correspondiente año el nuevo período gravable, el cual continuará a partir de la fecha de presentación de dicha declaración.
Cuando las declaraciones de los responsables del IVA arrojen saldos a favor en los últimos 6 períodos consecutivos, como consecuencia de las retenciones en la fuente por IVA que les hayan practicado, la tarifa de retención en la fuente por IVA se reducirá a 10%.
El artículo 9 del Decreto 1794 del 2013 señala que la venta de chatarra no genera IVA cuando no haya intervención de una siderúrgica; en este caso, ¿no se debe asumir el IVA cuando se realicen ventas de dicho producto a pertenecientes al régimen simplificado del IVA?