El artículo 49 de la Ley 1955 de 2019 señaló que a partir del 1 de enero de 2020 todas las multas, tasas y sanciones expresadas en términos de salarios mínimos deberán ser reexpresadas en UVT.
A través del Decreto 1094 del 3 de agosto de 2020, el DNP reglamentó tal disposición.
Departamento Nacional de Planeación expide el Decreto 1094 de 2020, a través del cual reglamenta el artículo 49 de la Ley 1955 de 2019, en relación con la equivalencia a UVT en obligaciones tributarias.
Así, el decreto en mención señala que, al realizar la conversión de valores expresados en smmlv a UVT, se deberá tener en cuenta que, si una tarifa fijada en 3 smmlv al convertirse en UVT para 2020 corresponde inicialmente a 73,957621 UVT, se deberá aproximar a la cifra de mil más cercana: 73,96 UVT.
No obstante, cuando el valor a convertir resulte inferior a 1 UVT ($35.607 en 2020), se deberá aproximar a la cifra con tres decimales más cercana.