¿Las iglesias, parroquias, asociaciones y congregaciones religiosas están obligadas a presentar información exógena del año gravable 2020?
La DIAN recuerda que las iglesias y congregaciones religiosas tienen la obligación de presentar la declaración de ingresos y patrimonio anualmente, dentro de los plazos que cada año establezca el Gobierno Nacional mediante decreto reglamentario.
La DIAN precisa que las iglesias y congregaciones religiosas reconocidas por el Ministerio del Interior o por la ley, ostentan la calidad de no contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementario, sin que esta calidad se haya modificado con los cambios introducidos a la normatividad por la Ley 1819 de 2016.
Ministerio de Protección Social. Para efectos de la afiliación de los míembros de las comunidades y congregaciones religiosas al Sistema de Seguridad Social Integral, éstas se asimilan a las asociaciones. Para efectos de la afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral, los miembros de las comunídades y congregaciones religiosas, se asimilan a trabajadores independíentes.